Decreto 690/2026: cómo redefine el Gobierno el régimen de practicaje y pilotaje en puertos argentinos

Nuevo marco normativo para los servicios de practicaje y pilotaje en Argentina

El Gobierno nacional oficializó una reforma integral al régimen que regula los servicios de practicaje y pilotaje en todo el país mediante el Decreto 690/2026. Este decreto reemplaza la normativa vigente desde 1991 y actualiza los criterios aplicados a la navegación en ríos, puertos, canales y pasos considerados complejos para la operación de embarcaciones comerciales.

Objetivos fundamentales del Decreto 690/2026

La reforma tiene como pilares modernizar el sistema de practicaje para adecuarlo a los avances tecnológicos y mejores prácticas internacionales, promover mayor competencia entre los profesionales que prestan el servicio y reducir costos logísticos que impactan directamente en el comercio exterior argentino.

Además de esos objetivos, el Gobierno destaca la intención de flexibilizar la contratación, eliminar barreras de entrada que anteriormente podían generar monopolios o prácticas poco competitivas, y asegurar la continuidad y seguridad de las operaciones.

Servicios esenciales para la seguridad de la navegación

El practicaje es considerado un servicio público esencial para asesorar a los capitanes durante maniobras críticas de ingreso y salida en puertos, así como en la navegación por zonas complejas. El nuevo régimen mantiene esta definición, subrayando la importancia de los prácticos para la seguridad marítima y fluvial.

Principales cambios en la organización y contratación

Una de las innovaciones más relevantes radica en que los prácticas habilitados podrán ser contratados libremente como profesionales independientes por los usuarios o terceros autorizados, rompiendo esquemas previos con restricciones de monopolio o exclusividad.

La Prefectura Naval Argentina mantendrá un registro abierto donde no existirá límite en la cantidad de profesionales inscriptos, facilitando la incorporación de nuevos operadores y promoviendo la competencia.

Asimismo, los servicios de transporte para el embarque y desembarque de los prácticos podrán ser contratados libremente por los usuarios, ya sean medios terrestres, acuáticos o aéreos, garantizando mayor flexibilidad operativa. Únicamente en caso de riesgos objetivos para la seguridad, el práctico podrá rechazar el medio, debiendo justificar su decisión ante la Prefectura.

Mecanismos para garantizar la continuidad y la seguridad operacional

El decreto incorpora herramientas para evitar interrupciones en el servicio. Ante situaciones excepcionales, la Prefectura Naval podrá prestar directamente los servicios o solicitar la colaboración de la Armada Argentina. También podrá autorizar temporalmente a capitanes certificados para realizar funciones de pilotaje en casos de fuerza mayor o crisis.

Tarifas y facturación más transparentes

Las tarifas máximas fijadas por la Agencia Nacional de Puertos y Navegación incluirán todos los conceptos para la prestación del servicio. Esto implica que los prácticos no podrán cobrar adicionales sin autorización expresa, facilitando la previsibilidad y control de costos para los usuarios.

Actualización de las condiciones y zonas de obligatoriedad

El nuevo reglamento especifica con detalle cuándo es obligatorio contratar practicaje, diferenciando según la eslora, calado y zona del buque.

  • En el Río Paraná, aplica para buques mayores a 150 metros o con calado superior a 6,40 metros.
  • En el Complejo Portuario de Bahía Blanca, se mantiene un esquema diferenciado en dos zonas delimitadas por boyas, con distintas condiciones según calado y eslora.
  • También se regulan condiciones para el Río de la Plata, Río Uruguay y principales puertos marítimos.

Existen excepciones definidas para remolcadores, convoyes de empuje y determinadas operaciones especiales.

Requisitos modernizados para la habilitación de prácticos y baqueanos

El decreto redefine los criterios para acceder a los títulos profesionales, viajes de práctica, acumulación de nuevas zonas y certificados de conocimiento de zona. La Prefectura Naval Argentina conservará la competencia para otorgar dichas habilitaciones.

Repercusiones y debates tras la aprobación del Decreto

La reforma generó un intenso debate en ámbitos gubernamentales y del sector marítimo-fluvial. El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, defendió la medida argumentando que apunta a eliminar monopolios informales denominados “kioscos” en la prestación, reducir costos considerados entre los más altos a nivel internacional y mejorar la competitividad argentina.

Por otro lado, algunos actores del sector manifestaron preocupación por el impacto que los cambios podrían tener sobre las condiciones laborales y la seguridad en la navegación, evidenciando la necesidad de un diálogo abierto para equilibrar modernización con protección normativa.

Impacto esperado en la operativa portuaria y el comercio exterior

Con esta reforma, se busca un sistema más abierto, competitivo y eficiente que no comprometa la seguridad durante maniobras cruciales. La flexibilización en la contratación y la eliminación de barreras prometen dinamizar la prestación del service, reducir costos logísticos y favorecer la fluidez del comercio marítimo y fluvial en Argentina.

En suma, el Decreto 690/2026 representa un paso significativo hacia la modernización de un servicio crítico dentro del entramado portuario nacional, con implicancias directas para la competitividad del país en mercados internacionales.

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